Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

34 / 38
En vigor desde 11 jun 2021
El alumnado que, cursando el plan de estudios aprobado por la Orden PRE/1480/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, no progrese y deba permanecer en el centro docente, una vez se encuentre implantado el plan de estudios de la enseñanza de formación a que se refiere esta orden, se integrará en la promoción siguiente, siéndole de aplicación cuanto se dispone en esta orden, siempre y cuando cumpla con los requisitos de acceso a este último plan de estudios, causando baja en el centro docente en caso contrario.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2021/06/09/pcm577#disposicion-transitoria-segunda