Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 32
32 / 41En vigor desde 11 jun 2021
1. El número máximo de convocatorias en las asignaturas del módulo de Servicio Operativo será de dos, y el modo de superarlas será el siguiente:
a) A lo largo del segundo curso académico, mediante el proceso de evaluación continua (primera convocatoria).
b) En el caso de no superar la primera convocatoria, se deberá repetir el curso académico, mediante el proceso indicado en el párrafo a) (segunda convocatoria), excepto si supera el plazo máximo indicado en el artículo 28.1.
2. La evaluación de la asignatura de Prácticas de Unidad será realizada por la observación diaria de un tutor o profesor colaborador, según se determine por la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.
3. En la asignatura de Consolidación de Conocimientos, se deberá superar trimestralmente un determinado número de horas de formación a distancia, debiendo haberse superado todas las horas de la asignatura a su finalización.
4. Cada asignatura de este módulo será valorada como «apto» o «no apto».
5. En el caso de que un alumno o alumna resulte «no apto» en alguna de las asignaturas de este módulo, deberá repetir curso, para lo cual se le designará una unidad de prácticas y un tutor diferentes para el siguiente curso académico.
6. La no superación de este módulo, tras agotar las dos convocatorias, supondrá la baja en el centro docente de formación.
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Proeli/es/o/2021/06/09/pcm576#art-32