Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 25
25 / 41En vigor desde 11 jun 2021
1. A la vista de la calificación obtenida por evaluación continua, en cualquier asignatura excepto en las correspondientes a los módulos de Instrucción y Adiestramiento y de Servicio Operativo, el alumnado que lo haya superado podrá solicitar ser sometido a una prueba para la mejora de la calificación sobre la totalidad de la misma.
2. La prueba a realizar será la misma que aquella que deban superar quienes en la evaluación continua no hayan obtenido, al menos, la calificación de cinco (5).
3. La calificación definitiva será la mejor de las obtenidas, por evaluación continua o mediante la citada prueba de mejora.
4. Esta mejora no será aplicable en aquellas asignaturas que hubieran sido reconocidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5, o en las que no se haya realizado evaluación continua.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2021/06/09/pcm576#art-25