Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 13
13 / 41En vigor desde 12 jun 2025
1. Las alumnas en situación de embarazo, parto o postparto, así como el alumnado en el que concurran circunstancias especiales que le impidan desarrollar la enseñanza de formación de manera presencial, podrán solicitar que les sean impartidas en la modalidad a distancia las asignaturas, o parte de ellas, que figuran en el anexo III.
2. La Junta Docente, si estuviera constituida, valorará las circunstancias especiales señaladas en el apartado anterior, así como, para cada solicitud, las asignaturas, o partes de ellas, que serán impartidas a distancia, elevando su parecer al Director del centro.
3. De igual modo, cuando se presenten circunstancias objetivas, y sea preciso a fin de garantizar la seguridad y protección de la salud u otros aspectos análogos, por el Jefe de la Jefatura de Enseñanza se podrá disponer que sean impartidas en la modalidad a distancia las asignaturas, o parte de ellas, que figuran en el anexo III.
Se modifica el apartado 3 por la disposición final 3 de la Orden PJC/598/2025, de 9 de junio. Ref. BOE-A-2025-11787
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2021/06/09/pcm576#art-13