Art. Tercero
3 / 4En vigor desde 23 abr 2021
Esta medida se comunicará, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a la Comisión Europea y al resto de Estados miembros y, a través del Ministerio de Sanidad, se realizará la correspondiente notificación a la Organización Mundial de la Salud en aplicación del Reglamento Sanitario Internacional.
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Proeli/es/o/2021/04/22/pcm378#tercero