Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
27 / 28En vigor desde 9 abr 2022
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas instrucciones sean necesarias para la ejecución de esta orden.
En particular, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta orden aprobará las instrucciones de ejecución para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil.
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Proeli/es/o/2022/04/06/pcm280#disposicion-final-segunda