Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 28En vigor desde 9 abr 2022
Esta orden tiene por objeto establecer las normas generales por las que han de regirse los procedimientos para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil y para la inscripción de los niveles de esa competencia en las lenguas cooficiales, así como determinar los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil y las titulaciones, certificados o certificaciones que serán objeto de reconocimiento en el ámbito de la Guardia Civil.
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Proeli/es/o/2022/04/06/pcm280#art-1