Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 15 mar 2020
Este acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Departamento de Seguridad Nacional www.dsn.gob.es y en las sedes electrónicas de los órganos y organismos a los que sea de aplicación, y producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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