Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Normas para supuestos específicos en el uso de la uniformidad
Art. 9
9 / 54En vigor desde 24 mar 2023
El personal del Cuerpo de Músicas Militares que se encuentre destinado o prestando sus servicios en la Guardia Civil podrá vestir, en las formaciones o actos institucionales en los que participen como unidad, los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil, de acuerdo con la uniformidad que se determine en cada caso.
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Proeli/es/o/2023/03/02/pcm208#art-9