Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
5 / 32En vigor desde 31 dic 2021
1. De acuerdo con el artículo 72.3 del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo (en adelante, el Reglamento), el proceso de evaluación del sistema de enseñanza de la Guardia Civil se realizará mediante los siguientes sistemas de evaluación:
a) La autoevaluación de los centros docentes.
b) La evaluación externa de los centros docentes, que podrá ser ordinaria o extraordinaria.
c) La evaluación específica de los planes de estudios.
2. El propósito de la autoevaluación es el análisis regular, desde el propio centro docente, de sus procesos y resultados de gestión para identificar sus puntos fuertes y áreas de mejora y poder determinar los oportunos planes de mejora, todo ello de acuerdo con la guía de autoevaluación que se establezca.
3. La evaluación externa consiste en la validación, por un equipo de expertos evaluadores ajenos al centro docente evaluado, de las autoevaluaciones realizadas o la realización de otras evaluaciones conforme a la guía de evaluación externa que se establezca.
Esta evaluación tendrá el carácter de ordinaria cuando haya sido programada de acuerdo con cuanto se dispone en el artículo 18, y de extraordinaria cuando su realización haya sido dispuesta por la persona titular del Mando de Personal donde se podrá evaluar el centro en su conjunto, o aquellos aspectos parciales o específicos y áreas concretas de los elementos básicos que se determinen, de acuerdo con cuanto se disponga en la guía de evaluación externa. en esta guía se deberán establecer los motivos por los que podrá realizarse una evaluación externa extraordinaria y el personal que podrá instar su realización, junto con los procedimientos para su presentación y valoración.
4. La evaluación específica consiste en un proceso por el que un equipo de expertos evaluadores valora la eficacia de las competencias adquiridas por los egresados de los planes de estudios de acceso a las escalas de la Guardia Civil para el desempeño de los cometidos y responsabilidades propios del cuerpo y escala, según se determine en la guía de evaluación específica que se establezca.
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Proeli/es/o/2021/12/29/pcm1483#art-5