Título INSTRUCCIONES POR LAS QUE SE DETERMINA EL PROCEDIMIENTO DE ENTRADA Y PERMANENCIA DE NACIONALES DE TERCEROS PAÍSES QUE EJERCEN ACTIVIDAD EN EL SECTOR AUDIOVISUAL›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Primera
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1. Las presentes instrucciones tienen por objeto establecer la forma, requisitos y plazos para autorizar la estancia y residencia de los extranjeros que cumplan los requisitos establecidos en estas instrucciones y que realicen actividades en el sector audiovisual o actividad artística ante el público o destinada a la grabación de cualquier tipo para su difusión por diferentes medios masivos.
2. Lo dispuesto en estas instrucciones no será de aplicación a los ciudadanos de la Unión Europea y a aquellos extranjeros a los que les sea de aplicación el derecho de la Unión Europea por ser beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia.
3. Lo dispuesto en estas instrucciones no será de aplicación a los extranjeros cuyo desplazamiento a España esté amparado por la libre prestación de servicios en la Unión Europea.
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Proeli/es/o/2021/11/12/pcm1238#primera