Art. 3. Fases del Protocolo de Actuación
3 / 6En vigor desde 8 nov 2022
En función del índice de riesgo determinado por el EU SST y el análisis de las diferentes fuentes de información disponibles, se han establecido las siguientes fases de actuación:
– Fase 0. Difusión de la información de seguridad espacial.
– Fase 1. Situación de Prealerta.
– Fase 2. Situación de Alerta.
3.1 Fase 0. Difusión de la información de seguridad espacial
La fase 0 es la situación de normalidad, en la que el índice de riesgo de los objetos con reentrada prevista es MENOR o desconocida. El Departamento de Seguridad Nacional administra un portal en internet usado para la difusión de información de seguridad espacial (Portal DISE-Difusión Información de Seguridad Espacial) entre los organismos involucrados en este protocolo. El acceso al portal DISE es restringido mediante usuario, contraseña y certificado digital.
En esta fase se realiza el análisis de las fuentes de datos disponibles y la precisión de los mismos, para la determinación de áreas probables de impacto.
Fuentes de información disponibles:
– Ministerio de Defensa/ Mando de Operaciones (MOPS)/ Ejército del Aire: El Ministerio de Defensa proporciona los informes realizados por el COVE (Centro de Operaciones de Vigilancia Espacial). Estos informes están a disposición de todos los Ministerios y organismos implicados a través del portal DISE.
– EACCC (European Aviation Crisis Coordination Cell): Monitorización de información recibida a partir del punto focal nacional.
– EU SST (European Union Space Surveillance and Tracking) Help Desk www.eusst.eu Mediante registro en la web proporciona una lista de eventos en los próximos 30 días a cualquier ciudadano de la UE.
– Otras fuentes:
● EE.UU. / USSPACECOM / 18 Space Defense Squadron de US (18 SDS), páginas web de seguimiento especializadas.
– Alertas sobre la aviación:
● EACCC (European Aviation Crisis Coordination Cell): Monitorización de información recibida a partir del punto focal nacional.
● EUROCONTROL.
3.2 Fase 1. Situación de Prealerta
Se pasa a la Fase 1 cuando, tras la recepción de información más concreta o precisa de las fuentes de seguimiento, España continúe estando, de forma más acotada, entre las zonas probables de afectación de reentrada y los índices de riesgo de los objetos con reentrada prevista sea MEDIO o ALTO.
En esta fase se refuerzan, a través de los Puntos de Contacto Operativo relacionados en el punto 5, las medidas de coordinación y difusión de información establecidas con carácter permanente. En esta fase cada organismo toma las medidas preventivas que considere conveniente.
3.3 Fase 2. Situación de alerta
En esta fase, se tiene una certeza razonable que restos clasificados con nivel de riesgo MEDIO o ALTO atravesarán áreas de soberanía o de jurisdicción españolas. Se activará una Célula de Coordinación nacional dedicada a la gestión preventiva y evaluación de las posibles medidas a tomar de forma coordinada, en función de las competencias de cada organismo.
La Célula de Coordinación se activará automáticamente en los casos, que afectan a áreas de soberanía o jurisdicción españolas, catalogados por el EU SST con el índice de riesgo ALTO. En los casos de índice de riesgo MEDIO, se procederá a establecer contactos entre sus miembros para determinar si se considera necesaria la activación, tras un estudio de detalle de los datos disponibles.
La Célula de Coordinación activada en la Fase 2 de este protocolo actúa como instrumento preventivo de los órganos de coordinación y apoyo del Consejo de Seguridad Nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional. En caso de activación preventiva del Sistema de Seguridad Nacional por una contingencia prevista en este protocolo o, en su caso, de declaración de una situación de interés para la Seguridad Nacional por el Presidente del Gobierno, la Célula de Coordinación se activará inmediatamente por el Director del Departamento de Seguridad Nacional, y comenzará a desarrollar su labor de asesoramiento técnico en las dependencias del Centro de Situación del Departamento de Seguridad Nacional, en apoyo del Comité Especializado de Situación según lo previsto el apartado décimo punto 3 de la Orden PRA/32/2018, de 22 de enero.
En estos supuestos, también podrá realizar su actividad de asesoramiento a través de la red de comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno.
La Célula de Coordinación realizará la integración y análisis de la información disponible, con el objeto de facilitar los mecanismos de enlace y coordinación entre todos los ministerios y organismos implicados. Los Puntos de Contacto Operativo prestarán el apoyo de carácter ejecutivo que requiera la Célula de Coordinación. La activación de la Célula de Coordinación se realizará a través de estos Puntos de Contacto Operativo. Cada ministerio y organismo realizará las actuaciones que le correspondan dentro de su marco competencial.
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