Art. 1. Introducción

Art. 1. Introducción

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En vigor desde 8 nov 2022
La Estrategia de Seguridad Nacional 2021, aprobada por Real Decreto 1150/2021 de 28 de diciembre de 2021, contempla entre la vulnerabilidad aeroespacial el incremento de los desechos espaciales y la carencia de un sistema de gestión del tráfico espacial global. Eventos, como la reentrada ocurrida el 9 de mayo de 2021 de los restos del lanzador CZ-5B-2021-025B, han puesto de manifiesto la necesidad de contar con protocolos de actuación que permitan una eficaz coordinación de todas las Administraciones implicadas ante situaciones similares. Esta necesidad fue acordada en la reunión del Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial celebrada el 5 de julio de 2021. Por todo ello, es preciso la elaboración de un protocolo que determine el procedimiento de difusión de la información de seguridad espacial, los departamentos que deben intervenir, emitir información, hacer el seguimiento, evaluar el riesgo en los espacios aéreos y ámbitos geográficos incluidos en el artículo 2, apartado 3, de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea (en adelante «áreas de soberanía o de jurisdicción españolas»), dar los avisos oportunos y asesorar en la toma de decisiones. Este tipo de situaciones afecta a la Seguridad Nacional y están en el marco de los fenómenos contemplados dentro de la Estrategia de Seguridad Aeroespacial Nacional 2019. Inicialmente se ha identificado como necesaria la participación de al menos los siguientes Ministerios y organismos: – Ministerio Defensa. – Ministerio del Interior. – Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. – Ministerio de Hacienda y Función Pública. – Ministerio de Ciencia e Innovación. – Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico. – Gabinete de la Presidencia del Gobierno. 1.1 Arquitectura Nacional de Vigilancia y Seguimiento Espacial La capacidad de vigilancia y seguimiento espacial (SST, Space Survelliance and Tracking) en España está compuesta por: Capacidad civil. El CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación), entidad designada para representar a España en el Consorcio Europeo de Vigilancia y Seguimiento Espacial (EU SST), tiene además el control operativo del Centro Español de Vigilancia y Seguimiento Espacial (S3TOC). El S3TOC elabora información basada en una red de sensores tanto de la red española (S3TSN), como de la red europea EU SST. La red europea EU SST se puede consultar en https://www.eusst.eu/. La red española de sensores que contribuyen a la capacidad civil la constituyen: – Dos telescopios de vigilancia ambos localizados en la península ibérica. ● TFRM perteneciente a la RACAB (Real Academia de Ciencias y Artes de Barcelona). ● CENTU telescopio comercial. – Diversos telescopios de seguimiento, localizados en la península ibérica, Canarias, Méjico y Nueva Zelanda. ● TJO perteneciente a la Fundación Instituto de Estudios Espaciales de Barcelona (IEEC). ● TRACKER-1 telescopio comercial. ● IAC-80 perteneciente al Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC). ● Telescopios de la red Bootes perteneciente a Instituto de Astrofísica de Andalucía-Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas IAA-CSIC. Los sensores pertenecientes a la red S3TSN están integrados en el S3TOC y cumplen con los requisitos técnicos de los sensores para integrarse en la red EU SST. El S3TOC es el responsable junto con el centro francés de las alertas de prevención de colisiones y además se coordina con el resto de centros de operaciones europeos integrados en el EU SST en casos de eventos de reentrada y fragmentación, para contribuir con datos e información a los servicios que ofrece el Consorcio Europeo EU SST. Capacidad militar. La capacidad de Vigilancia y Seguimiento Espacial en el Ejército del Aire, se compone de los siguientes elementos: – Centro de Operaciones y Vigilancia Espacial (COVE). – El radar de vigilancia S3TSR, es el elemento principal para la detección y seguimiento de objetos en órbitas bajas (Low Earth Orbit – LEO), entre 200 km y 2.000 km. Se encarga de la detección, vigilancia, seguimiento y cálculo de parametría orbital de objetos, de manera automática. – Una estación láser en la península ibérica perteneciente al Real Observatorio de la Armada (ROA). El COVE proporciona al Mando de Operaciones un informe de reentradas con la periodicidad que en cada caso corresponda. Este informe recoge, en un formato común, la información que afecta a las áreas de soberanía o de jurisdicción españolas disponible en los servicios internacionales. 1.2 Acceso a servicios internacionales El acceso a los servicios proporcionados por el United States Space Command (USSPACECOM, EE.UU.) y el European Union Space Surveillance and Tracking (EU SST) es posible bajo registro y autorización de los respectivos organismos. El Gobierno de los EE.UU. no proporciona índice de riesgos. Los informes de reentradas del EU SST incluyen un índice de riesgo con los valores: N/A, MINOR, MEDIUM y MAJOR (Desconocido, MENOR, MEDIO Y ALTO). Según el Catálogo de Servicios del EU SST el índice de riesgo puede ser ajustado por el Centro de Operaciones a cargo caso por caso, conforme a un análisis basado en el conocimiento disponible del objeto (composición, material, etc.). Los índices de riesgo en función de la masa son: menor de 5.000 kg, índice MENOR; entre 5.000 kg y 8.000 kg, índice MEDIO; y mayor de 8.000 kg, índice ALTO. Además, se debe tener en consideración que es Italia la nación que proporciona el servicio de reentradas, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Catálogo de Servicios del EU SST. 1.3 Otras potenciales capacidades técnicas y operacionales para la gestión de alertas espaciales Existen otras instalaciones y sensores con capacidades de vigilancia y seguimiento espacial en España. Con el objetivo de identificarlas, se elaborará un catálogo dinámico de estos recursos para que puedan ser puestos a disposición del resto de administraciones públicas. ENAIRE actúa como gestor civil del espacio aéreo en España y se encarga de la coordinación del uso del mismo en operaciones planificadas de lanzamientos y reentradas controladas de objetos espaciales. El Instituto Geográfico Nacional (IGN) dispone de las siguientes instalaciones: Observatorios de Yebes, Estación de Calar Alto y Red Atlántica de Estaciones Geodinámicas y Espaciales (RAEGE). El Observatorio de Yebes contará con una estación de telemetría láser, así como con un telescopio. Estas capacidades estarían operativas en un plazo de uno a tres años. Con objeto de integrar los sensores con capacidad de vigilancia y seguimiento espacial, tales como los del IGN, se definirá un procedimiento para permitir su utilización a los fines de este protocolo.
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