Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 26 sept 2018
1. Los aplazamientos y renuncias al curso se regirán por lo establecido en la normativa vigente de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. 2. Las plazas que queden sin cubrir por motivos de renuncias o aplazamientos al curso, se reasignarán a los que corresponda según el orden resultante de la evaluación, según se determina en el artículo 51.2 del Reglamento, siempre antes del inicio del curso.
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