Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

12 / 14
En vigor desde 13 ago 2019
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.29ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre seguridad pública.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2019/08/02/pci881#disposicion-final-primera