Art. 4

Art. 4

4 / 10
En vigor desde 16 jul 2019
1. La Presidencia, que se renovará anualmente, se ejercerá de forma rotatoria por la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Juego y la persona titular de la Dirección General de Deportes, iniciando el turno de rotaciones la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Juego. 2. A la Presidencia le corresponden las siguientes funciones: a) Ostentar la representación de la Comisión. b) Convocar las reuniones del Pleno y del Comité permanente, fijando el orden del día. c) Presidir, dirigir y moderar sus reuniones. d) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos que, en su caso, puedan adoptarse. e) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente. 3. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, u otra causa justificada, el Presidente será sustituido por la persona designada por él expresamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2019/07/09/pci759#art-4