Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 13 ene 2019
En los procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación que capaciten para adquirir la condición de militar de complemento será de aplicación el cuadro médico de exclusiones que se aprueba en esta orden ministerial, en los apartados correspondientes a los Cuerpos y Escalas a los que van a quedar adscritos.
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