Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 28 mar 2019
Esta Orden ministerial tiene por objeto establecer los límites máximo y mínimo de la relación entre las vacantes previstas y el número de evaluados para el ascenso en cada ciclo por los sistemas de elección y clasificación en la Guardia Civil, durante el período de vigencia de la plantilla reglamentaria 2017/2021, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo (en adelante, el Reglamento).
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