Art. Disposición transitoria cuarta
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 28 mar 2019
El Director General de la Guardia Civil determinará los valores de los umbrales superiores e inferiores para cada concepto, elemento o grupo afectados de aquellas evaluaciones a las que resulte aplicable el proceso de valoración previsto en el capítulo IV de esta orden, correspondientes a las Escalas y empleos de los que, a la entrada en vigor de la misma, no se disponga de datos estadísticos necesarios para el proceso de normalización previsto en el apartado 2 del anexo, y mientras no consten antecedentes de evaluaciones resultantes de la aplicación de esta orden.
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