Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 10 may 2014
1. La presente orden tiene por objeto desarrollar los artículos 14 y 21 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles y crear el Fichero de Mediadores e Instituciones de Mediación. 2. Las normas contenidas en la presente orden son de aplicación a los mediadores y a las instituciones de mediación que desarrollen su actividad profesional al amparo de los dispuesto en la Ley 5/2012, de 6 de julio.
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eli/es/o/2014/05/07/jus746#art-1