Art. Artículo primero

Art. Artículo primero

1 / 7
En vigor desde 10 mar 2006
Esta Orden tiene por objeto aclarar el alcance práctico de la adecuación terminológica a la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, de los modelos de las inscripciones principales de nacimiento y matrimonio, al objeto de limitarla a los casos en que la identidad de sexos de los progenitores o de los cónyuges así lo requiera.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2006/03/06/jus644#articulo-primero