Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 11 nov 2009
En aplicación de los artículos 24 y 25 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, se crea el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia para la recepción y remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se presenten y expidan por vía electrónica en el ámbito de los procedimientos y actuaciones incluidos en el Anexo I de la presente orden.
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eli/es/o/2009/10/29/jus3000#art-3