Art. 1

Art. 1

1 / 13
En vigor desde 11 nov 2009
La presente orden tiene por objeto la creación y regulación del registro electrónico en el Ministerio de Justicia, encargado de la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, así como el establecimiento de los requisitos y condiciones de funcionamiento de dicho registro respecto de los trámites y procedimientos comprendidos dentro de su ámbito de aplicación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2009/10/29/jus3000#art-1