Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 17 jul 2005
Los Gerentes Territoriales del Ministerio de Justicia, acordarán mediante resolución la convocatoria de las bolsas de trabajo, que se anunciarán en los tablones de anuncios de los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales, Fiscalías, sedes de los Institutos de Medicina Legal, y de los Departamentos del Instituto Nacional de Toxicología, Gerencias Territoriales, Delegaciones de Gobierno, delegaciones de la MUGEJU, en la sede Central del Ministerio de Justicia y en su página web. Asimismo, la Gerencia de Órganos Centrales del Ministerio de Justicia anunciará la convocatoria de bolsa en el Tribunal Supremo, Fiscalía General del Estado y Audiencia Nacional, Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Mutualidad General Judicial, Registro Civil Central, sede Central del Ministerio de Justicia y en su página web.
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eli/es/o/2005/07/12/jus2296#art-4