Capítulo CAPITULO II›Secc. Sección 5.ª Estudios criminalísticos
Art. Disposición final primera
61 / 63En vigor desde 20 may 2010
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.
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Proeli/es/o/2010/05/13/jus1291#disposicion-final-primera