Art. 37
Capítulo CAPITULO IISecc. Sección 4.ª Estudios biológicos§ Subsección 2.ª Estudio de diatomeas e hidremias en casos de muerte por sumersión

Art. 37

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En vigor desde 20 may 2010
Las muestras deberán recogerse en frascos separados, de boca ancha y cierre hermético, para evitar la contaminación cruzada. Se evitará el contacto de las vísceras con las muestras del medio líquido en el que se produjeron los hechos. Se enviarán refrigeradas y sin líquido fijador.
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eli/es/o/2010/05/13/jus1291#art-37