Art. 26
Capítulo CAPITULO IISecc. Sección 4.ª Estudios biológicos

Art. 26

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En vigor desde 20 may 2010
Los estudios biológicos se clasifican en: 1. Estudios de identificación genética. 2. Estudio de diatomeas e hidremias en casos de muerte por sumersión. 3. Estudios bioquímicos en casos de muertes súbitas e intoxicación. 4. Estudios microbiológicos en casos de muertes de etiología no aclarada. 5. Estudio de identificación de setas y plantas superiores en casos de intoxicación. 6. Estudios entomológicos.
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eli/es/o/2010/05/13/jus1291#art-26