Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 11 feb 2016
Esta orden tiene por objeto establecer los precios públicos de los informes periciales que realicen los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (en adelante IMLCF) del ámbito del Ministerio de Justicia en los supuestos establecidos en el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.
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eli/es/o/2016/02/08/jus127#art-1