Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Procedimiento para la concesión de las prestaciones derivadas de las contingencias›§ Subsección 2.ª Supuestos en que se originen lesiones permanentes no invalidantes
Art. 11
11 / 22En vigor desde 5 nov 2022
El procedimiento para el reconocimiento a la percepción del derecho a que se refiere el artículo anterior se iniciará conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de esta orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2022/10/31/jus1052#art-11