Art. 11
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Procedimiento para la concesión de las prestaciones derivadas de las contingencias§ Subsección 2.ª Supuestos en que se originen lesiones permanentes no invalidantes

Art. 11

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En vigor desde 5 nov 2022
El procedimiento para el reconocimiento a la percepción del derecho a que se refiere el artículo anterior se iniciará conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de esta orden.
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eli/es/o/2022/10/31/jus1052#art-11