Art. 1
1 / 6En vigor desde 27 mar 2010
El objeto de la presente orden es convocar a los sujetos del sistema eléctrico, a los sujetos del sistema gasista, Comunidades Autónomas y promotores de nuevos proyectos de generación eléctrica a la realización de propuestas de desarrollo de las redes de transporte de energía eléctrica y de la red de transporte de gas natural, así como a la aportación de la información necesaria para dicho proceso de planificación.
A partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial de Estado», se abre un período de tres meses en el cual se deberá comunicar dicha información y propuestas al operador del sistema eléctrico y gestor de la red de transporte de energía eléctrica, «Red Eléctrica de España, S.A.U.» (REE), al gestor técnico del sistema de gas natural, «Enagás, S.A.» y a la Subdirección General de Planificación Energética y Seguimiento, perteneciente a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, quienes podrán recabar información adicional a la presentada si lo estiman necesario.
Asimismo, se convoca a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) a facilitar a la citada Subdirección General de Planificación Energética y Seguimiento, la información relacionada con las instalaciones de almacenamiento de reservas estratégicas de productos petrolíferos que se especifica en esta orden.
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Proeli/es/o/2010/03/24/itc734#art-1