Art. Disposición adicional primera
4 / 11En vigor desde 1 abr 2011
Como consecuencia de la integración de la empresa distribuidora Hidroeléctrica Nuestra Señora de Tendilla y Lupiana, S.L., en Unión Fenosa Distribución, S.A., la retribución de Hidroeléctrica Nuestra Señora de Tendilla y Lupiana, SL, correspondiente al año a 2011, que asciende a 146 miles de euros, se añade a la retribución provisional correspondiente a Unión Fenosa Distribución, S.A., para el año 2011 que pasará a ser 806.900 miles de euros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2011/03/30/itc688#disposicion-adicional-primera