Art. 8
8 / 21En vigor desde 1 ene 2007
Los servicios de carga de GNL a buques desde plantas de regasificación o de puesta en frío de barcos, serán retribuidos en función de los valores unitarios de referencia de los costes de operación y mantenimiento variables a que hace referencia el anexo III.
La retribución del trasvase de buque a buque será del 80% de dicho valor.
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Proeli/es/o/2006/12/29/itc3994#art-8