Art. 12

Art. 12

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En vigor desde 1 ene 2007
Para la adquisición del gas destinado a autoconsumo para la operación de las plantas y al nivel mínimo de llenado de los tanques, los titulares de las plantas acudirán a las subastas que se organicen para la adquisición de gas por parte de los transportistas.
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eli/es/o/2006/12/29/itc3994#art-12