Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 25 jul 2012
Asimismo, los fabricantes remitirán la información técnica asociada a cada modelo identificado por cada código ITV a la Dirección General de Tráfico con la finalidad de facilitar la anotación en el Registro de Vehículos de las características de cada vehículo matriculado y, en particular, de las emisiones específicas de CO 2 . Los datos a remitir coincidirán con los que figuran en el certificado de conformidad de vehículo o en el expediente de homologación.
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