Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
34 / 37En vigor desde 13 feb 2008
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.12.ª de la Constitución, que atribuye al Estado, como competencia exclusiva, la legislación de pesas y medidas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2008/01/31/itc279#disposicion-final-primera