Art. 3
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

3 / 37
En vigor desde 13 feb 2008
1. Los requisitos esenciales, metrológicos y técnicos que deben cumplir los contadores serán los que se establecen en el anexo I de esta orden. 2. Para la comprobación de estos requisitos, es necesario disponer de los medios técnicos que se describen en el anexo II de esta orden. 3. Los ensayos a realizar para la evaluación de la conformidad serán llevados a cabo de acuerdo con los documentos normativos citados en el anexo III de esta orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2008/01/31/itc279#art-3