Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 29En vigor desde 4 ago 2007
Esta orden tiene por objeto regular las condiciones del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad ofrecido por los consumidores que adquieren su energía en el mercado de producción, los requisitos para participar como proveedor del mismo, así como su régimen retributivo.
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Proeli/es/o/2007/07/26/itc2370#art-1