Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

18 / 19
En vigor desde 17 jul 2010
En lo no particularmente previsto en esta orden y el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, los procedimientos administrativos, a que den lugar las actuaciones reguladas en esta orden, se regirán por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la legislación específicas de las Administraciones públicas competentes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2010/07/12/itc1922#disposicion-final-segunda