Art. Disposición final primera
4 / 10En vigor desde 18 jun 2009
Se habilita a la Dirección General de Política Energética y Minas para adoptar, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», las especificaciones técnicas básicas que desarrollarán los contenidos de las inspecciones a las que se refiere el apartado 5 de la ITC 02.2.01.
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Proeli/es/o/2009/06/09/itc1607#disposicion-final-primera