Art. 13

Art. 13

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En vigor desde 18 jun 2010
Sin perjuicio de la normativa general aplicable sobre estos instrumentos al vendedor y comprador, por las cantidades adjudicadas en las subastas, les serán de aplicación las condiciones generales y específicas que figuren en las reglas de la subasta que deberán ser aprobadas por resolución de la Secretaría de Estado de Energía.
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eli/es/o/2010/06/11/itc1601#art-13