Art. Disposición adicional segunda

Art. Disposición adicional segunda

10 / 14
En vigor desde 10 mar 2023
El registro de receptores de la Medalla de Honor de la Emigración se integrará en el libro registro previsto en la presente orden, a efectos de evitar posibles duplicidades en la concesión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2023/03/06/ism230#disposicion-adicional-segunda