Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 22En vigor desde 10 dic 2021
El procedimiento de la inscripción, la prórroga de la inscripción, la suspensión temporal y la baja en el presente Registro se regirá por lo establecido en esta orden. En todo aquello no previsto en la propia orden, el procedimiento se regirá por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Proeli/es/o/2021/12/03/ism1375#art-2