Art. 16
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Gabinete Técnico

Art. 16

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En vigor desde 26 jul 2023
1. Asume las funciones contempladas el artículo 3.2.d) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. 2. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular del Gabinete Técnico, corresponde la suplencia a las personas titulares de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación y de la Subdirección General de Logística e Innovación, por el orden en que aparecen citados en esta disposición. 3. Está integrado por las siguientes Unidades: a) La Secretaría General. Le corresponde prestar asistencia y apoyo a la persona titular del Gabinete Técnico en el ejercicio de sus funciones, así como la gestión de los recursos humanos y los medios materiales asignados a la misma. Presta asistencia técnica a los órganos que la componen y ejerce la coordinación de los mismos. Se responsabiliza de las actividades de I+D+i en el ámbito de sus competencias. Dirige y supervisa la confección de la Orden General de la Dirección General de la Policía. Igualmente, prepara los informes y la documentación necesarios para la participación y comparecencia de las autoridades policiales ante otras instituciones. De la Secretaría General dependen: 1.º El Servicio de Relaciones Institucionales. Le corresponde la coordinación, preparación y elaboración de los proyectos de respuesta a las preguntas e interpelaciones parlamentarias, las quejas y recomendaciones del Defensor del Pueblo y las cuestiones que plantee la ciudadanía e instituciones sobre el funcionamiento de los servicios de la Dirección General de la Policía. Asimismo, tramita los asuntos relacionados con la transparencia y acceso a la información pública que afecten a la Dirección General de la Policía que no sean competencias de otros centros directivos. 2.º El Servicio de Asuntos Generales. Gestiona los asuntos relativos al régimen de personal de la Subdirección y proporciona apoyo al titular de la Secretaría General en el marco de sus competencias. De este Servicio dependen la Oficina de Traducción e Interpretación de Lenguas de la Policía Nacional y la Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR). b) El Área de Publicaciones. Coordina las publicaciones de la Dirección General de la Policía, en formato papel y en versión digital para visibilizar el trabajo y las funciones de la Policía Nacional al tiempo que elabora las revistas oficiales y gestiona el fondo fotográfico y documental propio de esta actividad. Desarrolla el Programa Editorial del Ministerio del Interior en el ámbito de la Dirección General de la Policía. Coordina las relaciones con entidades públicas y privadas derivadas de esta función, en particular con la Fundación Policía Española. c) El Área Jurídica. Con las funciones de estudio, preparación y tramitación de los proyectos normativos relacionados con la Dirección General de la Policía y la elaboración de los propios del Centro Directivo. Informa los proyectos de disposiciones de carácter general sometidos a la consideración del órgano directivo. Elabora informes de contenido jurídico sobre los asuntos relacionados con las competencias de la Dirección General de la Policía que le sean encomendados por el titular de la misma. Proporciona apoyo, asesoramiento, asistencia jurídica y tramita los proyectos de convenios entre la Dirección General de la Policía y cualesquiera otros sujetos de Derecho Público o de Derecho Privado, así como de los instrumentos de colaboración previstos en la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales. Recaba informe de la Abogacía del Estado en el Departamento. En esta área se incardina la Oficina Central Nacional de Protección de Datos de la Policía Nacional, dirigida por el Delegado de Protección de Datos, para la coordinación y la supervisión de la política de protección de datos en cumplimiento de la normativa aplicable. El Delegado de Protección de Datos se constituye como punto de contacto con la Agencia Española de Protección de Datos. d) El Área de Derechos Humanos e Igualdad. Vela por el cumplimiento, en el ámbito de la Policía Nacional, de los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por España, impulsando medidas que tengan en cuenta los dictámenes de organismos nacionales e internacionales competentes en la materia. En el ámbito de la protección de los derechos humanos, atiende los requerimientos de instituciones u organismos relacionados con la materia y especialmente los del Defensor del Pueblo. Promueve la cultura del respeto por los derechos fundamentales entre el personal funcionario de la Policía Nacional. Se encarga del análisis continúo de la situación de la mujer en la Policía Nacional, la detección de las áreas potenciales de discriminación, el favorecimiento de la conciliación de la vida personal y laboral, y la mejora de las condiciones de representación y empoderamiento de la mujer en la Policía Nacional. Integran el Área de Derechos Humanos e Igualdad, la Oficina Nacional de Derechos Humanos y la Oficina Nacional para la Igualdad de Género en la Policía Nacional, constituyéndose como puntos nacionales e internacionales de contacto en sus respectivas materias, actuando como interlocutores sociales en estos ámbitos. Dependen funcionalmente de esta Área los puntos de contacto de Derechos Humanos e Igualdad, nombrados a nivel central y territorial. e) El Área de Coordinación Institucional e Identidad Corporativa. Con las funciones de dirección, supervisión y ejecución en los actos de carácter público en los que participe el titular de la Dirección General, así como en aquellos actos representativos con presencia de la Policía Nacional que asuma el Gabinete Técnico. Asimismo, define e impulsa la identidad corporativa velando por la correcta aplicación de los criterios de uso de la misma y asume la gestión de la marca institucional. En esta Área se incardinan el Servicio de Protocolo, del cual depende la Banda de Música, y la Oficina de Marca de la Policía Nacional.
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