Art. Disposición final cuarta

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 18 mar 2010
En el momento que comience a operar la sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito del Cuerpo Nacional de Policía), las direcciones electrónicas www.policia.es y www.policia.es/ServiciosElectronicos recogidas, respectivamente, en el artículo 7 y en la disposición transitoria única de la Orden INT/3516/2009, de 29 de diciembre, serán sustituidas por la de https://sede.policia.gob.es.
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