Art. Disposición transitoria segunda
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 26 jun 2024
La exigencia del conocimiento de un idioma extranjero regulada en esta orden se exigirá a partir de 1 de enero de 2025, en los procesos selectivos de ingreso, y de 1 de enero de 2030 en los procesos selectivos de promoción interna.
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eli/es/o/2024/06/20/int632#disposicion-transitoria-segunda