Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Productividad por objetivos
Art. 13
24 / 25En vigor desde 1 jul 2024
1. La retribución de cualquiera de las modalidades de productividad por objetivos es independiente de la productividad estructural y compatible con la compensación por gratificaciones por servicios extraordinarios.
2. El personal de las Fuerzas Armadas y el personal funcionario civil que estén incluidos en el ámbito de aplicación, podrán ser perceptores de la productividad por objetivos.
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Proeli/es/o/2024/06/20/int631#art-13