Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Productividad estructural
Art. 10
21 / 25En vigor desde 1 jul 2024
Cada una de las modalidades de productividad estructural se podrá configurar con uno, dos o tres tramos retributivos, que tendrán en cuenta todos o algunos de los siguientes aspectos de la prestación del servicio:
a) La sujeción a un régimen de prestación del servicio con una jornada de servicio de 40 horas semanales.
b) La dedicación extraordinaria, definida por la especial disponibilidad ligada al cargo o a la función del puesto de trabajo que puedan desempeñarse en cualquier horario y día de la semana.
c) El especial interés e iniciativa demostrados en el periodo de devengo. Para su no percepción requerirá justificación en la forma que se determine por la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.
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Proeli/es/o/2024/06/20/int631#art-10