Art. Nota inicial

Art. Nota inicial

En vigor desde 26 abr 2020
Téngase en cuenta que esta disposición es aplicable durante el año 2020 y contempla una prórroga que termina a los seis meses del estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.
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