Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Oficinas de farmacia, administraciones de lotería y despachos integrales de apuestas mutuas y establecimientos de juego
Art. Disposición derogatoria única
35 / 38En vigor desde 18 ago 2011
Queda derogada la Orden del Ministro del Interior de 23 de abril de 1997, por la que se concretan determinados aspectos en materia de medidas de seguridad, en cumplimiento del Reglamento de Seguridad Privada, así como cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Orden.
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Proeli/es/o/2011/02/01/int317#disposicion-derogatoria-unica