Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

14 / 20
En vigor desde 25 nov 2010
Sin perjuicio de lo dispuesto en esta orden se garantizará el acceso de los ciudadanos al conocimiento de los actos administrativos del procedimiento sancionador en materia de tráfico que les afecten, en los términos previstos en la normativa vigente al efecto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2010/11/23/int3022#disposicion-adicional-tercera